Alberto Andreu, profesor de económicas de la Universidad de Navarra y senior advisor de ATREVIA, ha sido entrevistado esta semana en el Diario de Navarra en un especial sobre el coronavirus y las nuevas formas de trabajo.
¿Qué hay que tener en cuenta para regular el teletrabajo?
Hay que partir de que en la pandemia no hemos teletrabajado, hemos trabajado en confinamiento, que no tiene que ver. Cuando uno teletrabaja, no tiene que ocuparse de hijos, de padres… Me preocupa que se haga una regulación a partir de una situación de confinamiento y no de teletrabajo. Asociamos el teletrabajo a lo que hemos vivido y no podemos tomar esa situación como referente para regularlo
mediante una ley. Mi sensación es que se está intentando legislar como si el teletrabajo fuera lo
que hemos vivido en el confinamiento.
¿Cómo hay que regularlo, entonces?
Tenemos que pensar en el trabajador del futuro, no en el del siglo XX. La regulación del teletrabajo tiene que tener en cuenta cómo va a ser el trabajo del futuro, que será digital.
¿Y eso qué supone?
En el futuro la gente va a trabajar de manera distinta. Hay que tener en cuenta la robótica y otras situaciones, como que las nuevas generaciones digitales no piden trabajar en el puesto de trabajo,
que igual prefieren que les pagues un buen monitor para casa y no un coche porque se desplazan
en bici al trabajo; que igual prefieren trabajar un domingo y librar un jueves, etc. Cuando trabajas de manera digital y eres experto en una función concreta, da igual dónde vivas. La empresa del futuro podrá tener trabajadores, por ejemplo, que vivan en las Islas Bermudas.
¿Hay que regularlo?
Es la gran pregunta. Para empezar, sería bueno saber qué entendemos por teletrabajo. Tradicionalmente, teletrabajar es poder realizar un porcentaje de tu jornada laboral en casa, con el objetivo principal de favorecer la conciliación. Si lo definimos así, y lo que se quiere es organizar el tiempo y las tareas, dudo de que sea necesario. Pero el anteproyecto también se refiere otro tipo de teletrabajo, cuando el 100% de la tarea se realice en el domicilio. Entiendo que la regulación en curso quiere evitar que haya dos tipos de trabajadores: los que “pisan la empresa” y los que solo “trabajan en casa”. Entiendo que si esta otra forma de trabajo introduce cambios en los derechos
laborales como jornadas, salarios, seguros…, entonces, sí tendría sentido regularlo.
¿Qué debería incluir la ley?
La igualdad de derechos es tan evidente que no necesitaría incluirse. No hay teletrabajador y trabajador con presencia física. Se puede estar hoy en un sitio y otro día, en otro. Ambos tienen
que tener los mismos derechos. También es evidente que no puede haber discriminación, es decir, que el teletrabajo no debe ser algo que solo puedan hacer, por ejemplo, los jóvenes o las mujeres… La decisión de teletrabajar tiene que ser voluntaria, universal y no discriminatoria. Sí que hay otros temas importantes que deben recogerse en una ley como la privacidad.
¿Por qué?
Por ejemplo, si utilizo mi ordenador personal, la compañía, en teoría, podría entrar en él. Por
eso, el tema de la privacidad y su protección es enorme y muy serio. La compañía debe garantizar que no accede a mis datos o, por ejemplo, a mi historia de navegación; y esto tendría que estar recogido en la ley. La cuestión de la desconexión digital, ya incluida en la Ley de Protección de Datos, también podría recogerse en el texto legal. Hay otro tema, el de la seguridad, sobre el que no soy capaz de decir si debe incluirse en la ley o no. Me refiero a que la empresa tenga que dotar de sistemas de seguridad al equipo
que utilizas para teletrabajar para evitar que se pueda hackear el sistema de la empresa. Y esto tiene un coste.
¿Qué puntos serían los más problemáticos?
Los costes, quién paga qué. El anteproyecto dice que la empresa debe pagar todos los costes y esto me parece que puede constituir un escollo. Porque si se carga todos los costes (por ejemplo, mesa, silla, aire acondicionado…) a la empresa, esta optará por no tener dos estructuras abiertas y dotadas plenamente (la de la oficina y la de casa) y tendrá que decidir si se trabaja en un sitio y otro. Y eso rompería la esencia del teletrabajo, que es la flexibilidad. Y hay otro problema, que es la organización del trabajo.
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