Reunión del Consejo de Ministros 31/10/2013

Comparecen la Vicepresidenta, Ministra de la Presidencia y Portavoz del Gobierno Soraya Sáenz de Santamaría, y el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón.

Intervención de la Vicepresidenta del Gobierno Soraya Sáenz de Santamaría

La Vicepresidenta anuncia los asuntos aprobados en el Consejo de Ministros de hoy.

  • Reformas estructurales. Nueva regulación de la Jurisdicción Voluntaria. No hay conflictos entre partes pero necesitan seguridad jurídica.
  • Modificación del Código Civil, se eleva de 14 a 16 años la edad mínima para contraer matrimonio en nuestro entorno internacional, además de otras modificaciones.
  • Aprobación del Real Decreto de la Ley Orgánica de los extranjeros en España. Residencia de larga duración, beneficiarios de protección internacional, y de asilo. Tramitación de esas residencias. Traslado, cálculo de residencia previa, anotación en las tarjetas de residencia, intercambio de información entre autoridades, y finalización de la residencia.
  • Aprobación de acuerdos en materia de compras, como la compra centralizada de productos sanitarios. Acuerdo de 2 años, prorrogable por otro año más.
  • Acuerdos de los criterios de distribución de créditos para la financiación de las CC.AA, importe superior a los 41 millones de euros, para programas de dependencia y asistencia social de las víctimas de violencia de género.
  • Acuerdo para dar solución al bloqueo del barrio de El Cabañal. Estado – Comunidad de Valencia – Ayuntamiento de Valencia.

Intervención del Ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón.

Plan de reformas estructurales, la Administración de Justicia tiene que simplificar y actualizar los procedimientos.

Se amplían las tareas que pueden hacer otros operadores jurídicos como Secretario Judicial, Notario y Registrador,  que antes sólo realizaba el Juez. 

  • Materias que quedan reservadas exclusivamente al Juez: Todas aquellas que tengan relación con la Garantía de Derechos Fundamentales.
  • Materias que quedan reservadas exclusivamente al Secretario Judicial: Autorizaciones, Materia Mercantil, competencias materia sucesoria.
  • Materias que quedan reservadas exclusivamente al Notario: Subastas, Reclamaciones (título ejecutivo).
  • Materias que quedan reservadas exclusivamente al Registrador: Convocatoria de la Junta Gº de Sociedades.
  • Materias que quedan reservadas exclusivamente al Ministerio Fiscal: Interviene cuando hay menores.
  • Además, se reducen hasta 17 los expedientes donde no se necesitará abogado y procurador.
  • Otras Reformas del Código Civil:
    • Se eleva la edad mínima de 14 a 16 años, para poder contraer matrimonio.
    • La celebración del matrimonio tenía tres escenarios, la Iglesia Católica, y el matrimonio civil, y/o ante funcionario competente. Se introduce una nueva, que es la posibilidad de celebración de matrimonio ante notario.
    • En aquellos casos en los que no existan menores, o los conyugues no carezcan de capacidad, y exista mutuo acuerdo, el divorcio podrá realizarse ante notario.
  • Terminología sobre las personas con capacidad: En el Código Civil desaparece el término incapaz, se sustituye por personas con capacidad judicialmente limitado.
  • Justicia gratuita; quienes no tienen capacidad para litiga podrán obtener justicia gratuita cuando estos procedimientos se puedan llevar ante otros operadores, (Secretario Judicial-Notario-Registrador) y no ante el juez.


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